Visa de tránsito aeroportuario
Una visa de tránsito aeroportuario es un tipo de visa que permite a los viajeros hacer una escala en un país mientras se dirigen a su destino final en otro país. Esta visa generalmente se requiere cuando un pasajero tiene que cambiar de un vuelo internacional a otro en un aeropuerto del país de tránsito y necesita salir de la zona de tránsito del aeropuerto para abordar su próximo vuelo.
Desde el 29 de julio de 2023 los ciudadanos cubanos necesitan una visa para el tránsito aeroportuario si desean pasar un aeropuerto alemán (zona de tránsito internacional) para continuar viaje a un tercer país (fuera del espacio Schengen).
Consideraciones generales
Si se cumple alguna de las siguientes condiciones, entonces NO es necesaria una visa de tránsito aeroportuario:
- Poseer una visa Schengen válida, una visa nacional para la estancia a largo plazo o algún título de estancia emitido por alguno de los países miembros
- Poseer una visa válida para Bulgaria, Chipre, Irlanda, Rumania, Japón, Canadá y Estados Unidos
- Poseer un permiso de estancia emitido por Bulgaria, Chipre, Irlanda, Rumania, Andorra, Canadá, Japón, Mónaco, San Marino o los Estados Unidos, el cual garantiza la readmisión incondicional del poseedor
- Poseer un pasaporte diplomático cubano
- Ser miembro de tripulaciones de aviones que son ciudadanos de un estado signatario del Convenio de Chicago sobre la aviación civil internacional
IMPORTANTE: El titular de una visa de tránsito aeroportuario no puede abandonar la zona de tránsito del aeropuerto alemán. Se recomienda con insistencia informarse previamente con toda exactitud acerca del transcurso del viaje, y ante la oficina de viajes o la compañía aérea recabar información acerca de si es necesario cambiar de terminal.
Si durante el viaje se hace necesario entrar a la jurisdicción de los estados Schengen (p.e., al trasladarse a otro edificio de la terminal o para hacer escala para un vuelo interno Schengen), los ciudadanos cubanos necesitan una visa Schengen.
Reserva de turno
La reservación de un turno para solicitar visa se hace exclusivamente a través de la página web de la Embajada dentro del sistema de reservación de turnos previsto para ello.
Debe tenerse en cuenta que la demanda de tales turnos es muy alta. Por eso hay que ocuparse a tiempo de hacer una reservación. La solicitud se puede hacer ya desde seis meses antes de la fecha de viaje prevista. En cualquier caso la tramitación solo se hará si previamente se ha sacado un turno.
Documentación necesaria para la solicitud
IMPORTANTE: Leer con mucho cuidado la lista de documentos necesarios. Reunir después la documentación. Ordenar la documentación en el orden indicado. Rellenar la solicitud de visa y firmarla. Entregar toda la documentación sin presillas ni cubierta.
Documentación general
- 1 planilla de solicitud, llenada en su totalidad y en idioma alemán
- 1 foto pasaporte actual biométrica (tamaño 4,5 x 3,5 cm, suelta)
- Pasaporte (original y copia de la página con la foto), el cual debe ser válido por lo menos tres meses más después de la fecha de regreso y tener no menos de dos páginas libres; en caso de anteriores viajes presentar también los correspondientes pasaportes más una copia de la página de los datos
- Tarifa ascendente a 80 euros (niños entre seis y ocho años de edad 40 euros), se paga al contado
Otra documentación
- Documentos correspondientes a la continuidad del viaje hasta el país de destino luego del tránsito que se desea en el aeropuerto alemán
- Datos a partir de los cuales se pueda juzgar la intención del solicitante de no entrar a la jurisdicción de los estados miembros (sobre todo datos sobre lugar de salida, lugar de destino y coherencia de la ruta de viaje planificada y del tránsito aeroportuario). Se trata aquí en particular de la reservación de vuelo en ida y vuelta (las condiciones del cambio de terminal es algo que el solicitante debe aclarar por su propia cuenta: ¿es necesario abandonar la terminal internacional?, etc.)
- Visa o permiso de estancia para el lugar de destino o, si no fuera necesaria una visa, entonces una confirmación de la correspondiente embajada sobre la liberación de visado
Adicionalmente para menores de 18 años que deben viajar también
- Certificado de nacimiento del menor (legalizado, original y copia)
- Declaración de consentimiento notarial de los encargados de la custodia legal del menor (por lo regular padres y madres) (legalizado, original y copia), la cual no puede ser mayor de seis meses
- Una copia del documento de identidad de quienes han emitido la declaración de consentimiento notarial
Casos especiales
Uno o más encargados de la custodia legal del menor no viven en Cuba.
La declaración de consentimiento notarial hay que entregarla ante.
- Una representación diplomática cubana en el extranjero
- Una autoridad alemana o una representación diplomática alemana o un notario extranjero acompañada de apostilla o legalización
Uno de los encargados de la custodia legal del menor ha fallecido
- Presentación del certificado de defunción (legalizado, original y copia)
La custodia legal fue transmitida a una sola persona
- Acuerdo del correspondiente tribunal (legalizado, original y copia)
IMPORTANTE: La Embajada se reserva el derecho, en caso de ser necesario, de exigir otros documentos adicionales y, eventualmente, comprobar su autenticidad. Solo se aceptarán documentaciones entregadas en su totalidad. La asusencia de algún documento puede conducir a la negación de la solicitud de visa.
La presentación de documentación falsa, así como proporcionar datos falsos, tendrán como consecuencia inevitable la negación de la solicitud de visa y pueden llevar a una prohibición de viajar a Alemania (y eventualmente a los demás estados Schengen).
Solicitud
Para hacer la solicitud hay que presentarse en persona (válido también para los menores de edad) el día del turno en la Embajada. En ese momento se entrega la documentación completa, se paga la tarifa y se responde las preguntas sobre el viaje previsto. También se recogen la foto y las huellas digitales.
Durante la tramitación
La representación diplomática alemana evalúa y decide sobre la solicitud. Al respecto examina si esta cumple los requisitos legales. Por lo regular el procedimiento dura entre tres y cinco días. Se ruega comprensión acerca de que durante ese tiempo no se responden preguntas sobre el estado de la tramitación. Después de ello: Solo se responden preguntas hechas por el solicitante mismo, por su representante legal o por un apoderado reconocido.
Devolución de pasaporte
Tan pronto la representación diplomática haya tomado una decisión se puede recoger el pasaporte. En principio lo debe hacer el solicitante mismo. De no ser posible, puede encargar a un representante. Para ello se debe rellenar un poder y entregárselo al representante.
Si la solicitud de visa fue denegada, puede haber varias razones para ello. En la resolución de denegación se informan esas razones. Explicaciones sobre las mismas se pueden también encontrar en FAQs.
¡Buen viaje! Indicaciones para los titulares de la visa
Si todos los datos que aparecen en la pegatina de visa son correctos, entonces ya se puede viajar. Es importante verificar esos datos tan pronto se devuelve el pasaporte. Cualquier error debe ser comunicado de inmediato para poder confeccionar en ese caso una nueva visa. Los titulares de una visa de tránsito no están autorizados a entrar en la jurisdicción de los estados miembros.

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.



